Intercambio automático de información en 2017

AuthorMaría Alejandra Stefanich,Walter C. Keiniger,María Inés Brandt
Published date30 November 2016
Date30 November 2016
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

De la mano del impulso de organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y motivado en la globalización de la actividad económica, en los últimos años se acentuó el interés de los distintos Estados en incrementar la transparencia fiscal internacional. Para ello, se vienen realizando esfuerzos a fin de impulsar el intercambio automático de información en materia tributaria.

En el año 2010, la OCDE celebró el Protocolo de Enmienda a la “Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal” (abierta por primera vez a la firma en enero de 1988), por la cual se motiva a los Estados firmantes a que adopten medidas dirigidas a colaborar en el intercambio de información de relevancia impositiva.

La Convención, implementada con el fin de combatir la evasión y la elusión fiscal internacional, en un primer momento se abrió a la firma de los Estados miembro de la OCDE y la Unión Europea, y luego se abrió también a la firma de países ajenos a estos organismos.

Los Estados adherentes a la Convención se comprometen a prestarse colaboración administrativa a fin de concretar el intercambio de información (que puede ser a requerimiento, espontáneo o automático), llevar adelante auditorías fiscales, prestarse asistencia en la recaudación de impuestos, etc. Como contrapartida, se dispone de una serie de medidas de seguridad para tutelar la confidencialidad de la información intercambiada y se establecen limitaciones a la obligación de prestar asistencia.

Siguiendo la tendencia internacional que propicia el intercambio de información entre fiscos de distintos países, la Argentina ha suscripto:

  1. convenios para evitar la doble imposición internacional, que son bilaterales e incluyen cláusulas de intercambio de información;
  2. convenios de intercambio de información específicos en materia tributaria, también bilaterales (conocidos como “Tax Information Exchange Agreements” o TIEA);
  3. la mencionada “Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal”, propuesta por la OCDE, de carácter multilateral, en cuyo marco nuestro país asumió el compromiso de implementar, para septiembre de 2017, el intercambio automático de información vinculado a cuentas financieras.

El 3 de noviembre de 2011, la Argentina suscribió la “Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal”, y el 31 de agosto de 2012, el Poder Ejecutivo Nacional la ratificó.

Esta ratificación involucró la adhesión a la...

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