Lineamientos para la Protección de los Derechos de los Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones
Published date | 26 August 2022 |
Law Firm | Dentons, Cardenas & Cardenas |
El pasado 14 de julio la Comisión de la Comunidad Andina expidió la Decisión 897 en aras de sustituir la anterior Decisión 638 de 2006 en relación con los lineamientos relativos a la protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones dentro de la Comunidad. Puntualmente, las disposiciones contenidas en la Decisión serán aplicables a: i) los operadores, proveedores, prestadores y comercializadores de redes y servicios de telecomunicaciones (“Operadores”); ii) los usuarios de los servicios de telecomunicaciones en los Países Miembros de la Comunidad Andina; y iii) los Países de la Comunidad Andina.
La Decisión trata los siguientes temas:
a. El tratamiento de los datos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones:La Decisión establece que se reconoce y garantiza el derecho que tienen los usuarios de los países Miembros de la Comunidad Andina al debido tratamiento de sus datos personales y a la titularidad sobre los mismos, así como el derecho de acceso, uso, rectificación, eliminación, cancelación, oposición, limitación al tratamiento o circulación de estos y a la portabilidad de su información.
Adicionalmente, se indica que el tratamiento de los datos dentro de la Comunidad podrá ejercerse libremente siempre y cuando se pruebe que el usuario haya dado su consentimiento previo, expreso, libre e informado, para lo cual se establecen los siguientes requisitos mínimos que la autorización debe contener:
- Que los usuarios hayan sido informados individualmente de manera previa, clara y exacta del titular y domicilio de la base de datos o del responsable del tratamiento, de la existencia de la base de datos donde se almacenarán, de los tipos de datos o conjunto de datos que serán tratados, así como de la finalidad específica y la duración del tratamiento.
- Que los usuarios hayan sido informados que pueden revocar su consentimiento o que pueden ejercer los derechos previstos en la Decisión, así como de mecanismos sencillos, útiles y eficientes para ejercerlos.
- La identidad de los que son o pueden ser los destinatarios, las consecuencias de la negativa a proporcionar sus datos, y de la transferencia nacional o internacional que se efectúe.
Es importante notar que la Decisión establece que estas disposiciones en ningún caso implican una reducción, restricción o establecimiento de condiciones menos favorables a las ya existentes en los Países miembros; por lo...
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