Modificación del régimen sobre actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental argentina

AuthorMaría Lorena Schiariti,Francisco A. Macías
Date18 December 2013
Published date18 December 2013
Law FirmMarval O'Farrell Mairal
La reciente modificación fue aprobada mediante Ley N° 26.915, publicada en el Boletín Oficial el 9 de diciembre de 2013, y prevé la aplicación de sanciones penales y administrativas a quienes realicen estas actividades, sin la correspondiente autorización del Estado Nacional.
De acuerdo con la Ley N° 26.915, quienes “encarguen o realicen, por cuenta propia o de terceros,” cualquier actividad de búsqueda de hidrocarburos mediante la exploración en el lecho o en el subsuelo del mar territorial o en la plataforma continental argentinos, sin autorización de las autoridades argentinas, serán reprimidos con prisión de 5 a 10 años, multa equivalente al valor de mercado de 20.000 a 100.000 barriles de petróleo crudo (WTI), e “inhabilitación especial” por el doble del tiempo de la condena para realizar cualquier actividad comercial.
En caso de que la actividad desarrollada fuese extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos, las sanciones serán de 10 a 15 años de prisión, multa equivalente al valor de mercado de 150.000 a 1.500.000 barriles de petróleo crudo (WTI), e “inhabilitación especial” por el doble del tiempo de la condena para realizar cualquier actividad comercial.
La eventual condena importará la extinción de todo permiso de exploración o concesión de explotación o de transporte de hidrocarburos o minera, de toda concesión o licencia originada en cualquier tipo de contrato otorgado o aprobado por el Estado Nacional o las provincias y la caducidad de los beneficios impositivos o previsionales que hubieren sido acordados en beneficio del autor del hecho, entre otras sanciones.
Cuando las actividades...

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