Novedades en el marco regulatorio del reaseguro

Date13 August 2012
AuthorPablo S. Cereijido
Published date13 August 2012
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Desde febrero del año pasado, la SSN ha estado emitiendo resoluciones que modificaron radicalmente el marco regulatorio de la actividad reaseguradora. Las últimas semanas no fueron la excepción: a continuación se detalla la nueva normativa emitida por la SSN.

1. Resolución N° 36.859

El 11 de junio de 2012, la SSN emitió la Resolución N° 36.859, que limita la retrocesión de las aseguradoras que efectúen operaciones de reaseguro activo.

La Resolución N° 36.859 establece que las aseguradoras que efectúen operaciones de reaseguro activo hasta el 10% del total de primas de seguros directos (calculado al cierre de cada ejercicio económico) deberán realizar sus operaciones de retrocesión con reaseguradoras constituidas en la Argentina, o subsidiarias o sucursales argentinas de reaseguradoras extranjeras (denominadas “Reaseguradoras Locales”).

En consecuencia, las aseguradoras mencionadas no podrán realizar sus operaciones de retrocesión con las denominadas “Reaseguras Admitidas”.

2. Resolución N° 36.908

El 29 de junio de 2012, y en el marco del Sistema de Supervisión de Reaseguros, la SSN emitió la Resolución N° 36.908, la cual establece un código de identificación para cada contrato de reaseguro y retrocesión del mercado local, denominado Código de Operación de Reaseguro (“CORE”).

La SSN presentó recientemente el Sistema de Supervisión de Reaseguros (“SISUPRE”), que tiene como objetivos principales conocer los contratos de reaseguro y retrocesión (tanto automáticos como facultativos), realizar el análisis de consistencia con la normativa vigente en la materia, controlar la retención de primas y riesgos, hacer más eficiente el sistema de pago de primas al exterior, y analizar la cartera de riesgos retenidos por el reaseguro local para tender a su optimización.

La Resolución N° 36.908 establece que los contratos de reaseguro y retrocesión, tanto automáticos como facultativos, celebrados por las entidades aseguradoras y “Reaseguradoras Locales”, cuyas vigencias hayan iniciado a partir del 1 de julio de 2012, deberán ser identificados bajo un CORE.

El CORE debe solicitarse a la SSN a través del SISUPRE. La Resolución N° 36.908 establece el procedimiento para ser dado de alta como usuario del SISUPRE, el cual consiste –básicamente– en una registración vía web y en la posterior presentación de una nota a la SSN.

La norma establece que debe asignarse un CORE por cada contrato suscripto (incluso en los casos que el contrato cubra más de un ramo). En caso de que una...

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