Novedades en las Reglas de Cuentas de Inversión en Casas de Valores en Panamá

Published date15 February 2024
AuthorRafael Amar
Law FirmBlogs Alemán, Cordero, Galindo & Lee
Novedades en las Reglas
de Cuentas de Inversión en
Casas de Valores en Panamá
La Superintendencia de Mercados y Valores de la
República de Panamá ha introducido importantes
actualizaciones en las reglas de cuentas de inversión de
trámite simplif‌icado en Casas de Valores. Estas nuevas
disposiciones buscan facilitar el proceso de inversión y
hacerlo más accesible para una amplia gama de inversores.
Las cuentas de inversión de trámite simplif‌icado son
un mecanismo diseñado para simplif‌icar los procesos
asociados con la inversión en el mercado de valores. Para
ser consideradas dentro de esta categoría se requiere
cumplir con los siguientes requisitos:
Que la cuenta sea abierta por una persona natural.
Que sea abierta en la modalidad de cuenta
individual.
Sólo se podrá abrir una cuenta de trámite
simplif‌icado por persona natural en Panamá.
La persona natural debe cumplir con una
clasif‌icación de riesgo bajo.
Su balance de apertura y de activos bajo
administración no podrá ser, bajo ninguna
circunstancia, superior a la suma de B/. 250,000.00.
Dentro de las novedades más relevantes que presenta
la Superintendencia de Mercados y Valores podemos
observar las siguientes:
1. Parámetros para la identif‌icación del cliente:
Las nuevas reglas eliminan obstáculos administrativos al
simplif‌icar los requisitos documentales para abrir cuen-
tas de inversión con el f‌in de reducir la complejidad
asociada a la documentación, haciendo el proceso más
rápido y accesible. Lo anterior, no obstante, sin sacrif‌i-
car los componentes básicos de una debida diligencia
completa. En tal sentido, las Casas de Valores están
obligadas a guardar registros detallados de la informa-
ción y documentación aplicada para la debida diligencia
en la identif‌icación y verif‌icación de la identidad de la
persona natural que apertura la cuenta.
2. Enfoque en Transparencia y Protección:
La aplicación de la modalidad de cuentas de inversión
de trámite simplif‌icado, exige a las Casas de Valores
desarrollar procedimientos destinados a supervisar,
evaluar y controlar los riesgos inherentes. Este enfoque
tiene como f‌inalidad prevenir cualquier mal uso de la
cuenta, asegurar su funcionamiento bajo las condiciones
establecidas, y tomar las medidas adicionales pertinentes
para mantener el producto en consonancia con los
estándares propios de una cuenta de bajo riesgo.
3. Prohibiciones:
La utilización de la cuenta de trámite simplif‌icado estará
sujeta a ciertas restricciones, por tanto, se prohíbe que
una persona aperture más de una cuenta de trámite
simplif‌icado en la República de Panamá. Además, la cuenta
no podrá exceder bajo ninguna circunstancia el monto de
B/.250,000.00. Las nuevas disposiciones establecen que la
cuenta de inversión simplif‌icada no podrá estar sujeta a la
f‌igura de apalancamiento y queda prohibida la realización
de transferencias a terceros. En caso de incumplimiento
de las disposiciones contempladas en el acuerdo, la
Superintendencia de Mercado de Valores aplicará las
sanciones establecidas.
Las recientes actualizaciones en las reglas de cuentas de
inversión de trámite simplif‌icado marcan un paso signif‌icativo
hacia la democratización y accesibilidad en el mercado
f‌inanciero de Panamá. Estas medidas, que simplif‌ican
trámites y documentación, junto con un enfoque claro
en la gestión de riesgos y la protección del inversionista,
buscan fomentar una participación más amplia y segura en el
mercado de capitales. En este nuevo escenario, se espera que
estas medidas contribuyan al fortalecimiento y desarrollo
sostenible del panorama f‌inanciero en la República de
Panamá.
Autor: Rafael Amar Abogado en Alcogal

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