Nueva moratoria impositiva en la Provincia de Buenos Aires

Date31 August 2011
AuthorGabriel Gotlib
Published date31 August 2011
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

1. Marco normativo

El pasado 29 de julio, ARBA emitió las Resoluciones Normativas N° 41, 42, 43 y 44/2011, que establecieron los siguientes regímenes:

  1. Regularización de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, del de Sellos, del Inmobiliario y del Automotor, vencidas o devengadas al 31/12/2010.
  2. Regularización de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) y del Impuesto de Sellos sometidas a fiscalización o determinación o en discusión administrativa –aun cuando se encuentren firmes–, hasta el inicio de las acciones judiciales.
  3. Facilidades de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, del de Sellos, del Inmobiliario y del Automotor en instancia de ejecución fiscal.
  4. Regularización de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del de Sellos, correspondiente a los agentes de recaudación provenientes de retenciones o percepciones no efectuadas.

2. Características generales

La moratoria permite abonar la deuda al contado (sin bonificación, salvo en el caso a) que prevé una bonificación del 10%) o en cuotas. Cada Régimen prevé entre 3 y 60 cuotas mensuales consecutivas (sin bonificaciones ni intereses de financiación). Los planes más extensos prevén un interés mensual del 2%.

Los regímenes otorgan un plan de pagos para los montos atrasados. El plazo para adherirse empezó el 1 de agosto y termina el 31 de diciembre del 2011.

Las deudas que pueden ser regularizadas varían según cada régimen, pero en todos los casos se incluye el capital y los intereses devengados. Salvo para la regularización del IIBB y del Impuesto de Sellos b), que no prevén causales de caducidad, la falta de pago hace que el plan caduque automáticamente y faculta a ARBA para iniciar el juicio y ejecutar las sumas adeudadas. Las causales por las cuales puede ocurrir son las siguientes:

  1. tener tres cuotas impagas, incluido el anticipo, consecutivas o alternadas, al vencimiento de la siguiente cuota; o
  2. tener alguna cuota, anticipo o liquidación de contado impago al cumplirse 120 días corridos desde el vencimiento de la última cuota del plan.

Ingresar a la moratoria implica reconocer la deuda impositiva e interrumpe la prescripción (por ende, en principio, ARBA tendrá un plazo mayor para...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT