Nueva reglamentación para obtener el certificado de aptitud ambiental en la provincia de Buenos Aires

Date04 July 2019
AuthorGabriel Alejandro Fortuna,Francisco A. Macías,Joaquín Herran Oyhanarte
Published date04 July 2019
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 23 de mayo de 2019, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el Decreto N° 531/2019 (el “Decreto”), que aprobó la nueva reglamentación de la Ley N° 11.459 de radicación industrial y que derogó la anterior reglamentación (Decreto N° 1.741/1996).

En los considerandos del Decreto, el Poder Ejecutivo provincial expuso que esta nueva reglamentación fue dictada sobre la base de la reciente modificación del artículo 11 de la Ley N° 11.459 (mediante la Ley N° 15.107), y que redundará en una reducción de los plazos de tramitación; en mayor trasparencia en las etapas y condiciones de aprobación, y rechazo de la licencia ambiental; y en la delimitación del ámbito de discrecionalidad administrativa.

A continuación, enumeramos algunos cambios relevantes que introduce el Decreto con respecto a la anterior reglamentación, referidos a la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (“CAA”).

A. Actividades alcanzadas por el Decreto (Anexo 1 - Art. 2)

El Decreto dispone que se entenderán expresamente alcanzadas aquellas actividades agrupadas en su Anexo 3, sobre la base del Nomenclador de Actividades aprobado por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (“OPDS”) revisará periódicamente y mantendrá actualizado el listado de rubros y actividades, y publicará un listado de actividades excluidas de la aplicación de la Ley Nº 11.459.

B. Cambios en la Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental (Anexo 2)

Al igual que la anterior reglamentación, el Decreto prevé tres categorías de industrias, pero solo se modifican los valores correspondientes a las categorías 1 y 2. La primera categoría corresponde a industrias cuyo Nivel de Complejidad Ambiental (“NCA”) es de hasta 15 puntos. La segunda categoría corresponde a industrias con un NCA mayor a 15 puntos y menor o igual a 25. La tercera categoría corresponde ─como en la reglamentación anterior─ a industrias con un NCA mayor a 25 puntos.

C. Nueva fórmula para calcular el NCA (Anexo 2)

El Decreto modifica la fórmula para calcular el NCA de una industria, introduciendo un factor referido al riesgo por manipulación de sustancias o mercancías peligrosas. La nueva fórmula se representa así:

NCA = Ru (Rubro o Actividad) + Lo (Localización del Establecimiento) + Di (Dimensionamiento) + Ef Re Em (Efluentes, Residuos y Emisiones) + Sp (Sustancias peligrosas empleadas)

El componente “Ru” (Rubro o Actividad) se determinará en función de uno...

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