Nuevo protocolo para la actividad de practicaje

AuthorMaría Mercedes Quesada,María Victoria Rodríguez Mamberti,Elías F. Bestani
Date03 August 2020
Published date03 August 2020
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Al aprobar el Protocolo de Tripulantes en mayo pasado, el Comité de Crisis para el Transporte Fluvial, Marítimo y Lacustre, creado en la órbita de la Subsecretaría De Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, solicitó la acreditación de un protocolo ante la Autoridad Sanitaria Nacional a quienes realizan el servicio de practicaje. Asimismo, indicó que los prácticos deben cumplir con la declaración jurada del capitán de la embarcación sobre el cumplimiento del uso del equipo de protección personal por parte de cada práctico en los buques internacionales, así como el registro de la temperatura corporal al ingresar y egresar de la misma. Dicha declaración deberá ser elaborada en tres ejemplares: para mantener a bordo, para entregar al práctico y para presentar a Sanidad de Fronteras.

El Protocolo para la actividad de practicaje fue elaborado en base a la presentación realizada por la Cámara de Practicaje y Pilotaje de la República Argentina, el Centro de Empresas de Practicaje del Río Paraná y prácticos externos. Por su parte, la Cámara preparó el Protocolo con la intervención de un asesor médico a partir de las últimas directrices establecidas por el Ministerio de Salud de la Nación Argentina, de Paraguay, de Uruguay, de la Organización Mundial de la Salud y de las recomendaciones de los Centros de Control de Enfermedades de los Estados Unidos.

Por otro lado, las empresas que navegan el río Paraná también elaboraron una versión independiente de recomendaciones, información y procedimientos a ser considerados por las empresas. El Protocolo Unificado final fue aprobado por Acta Conjunta entre el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Seguridad el 30 de julio, luego de que el Ministerio de Salud introdujera ciertas modificaciones que consideró pertinentes sobre el proyecto presentado por la Cámara de Practicaje y Pilotaje. Este contiene un plan de actuación para el adecuado desempeño de la actividad de practicaje en el que detalla las acciones de coordinación y organización en el trabajo, instalaciones y/o medios de traslado para prevenir y/o atender cualquier suceso relacionado con la pandemia.

Las personas obligadas a cumplir con el Protocolo son los prácticos de las distintas zonas de practicaje obligatorio de la Argentina, cuyos nombres han sido identificados en un listado el 1 de abril pasado en una circular de firma conjunta entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transporte, extendido nuevamente por éste último, el...

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