Nuevo Reglamento de Residencias Guatemaltecas

Published date09 December 2022
Law FirmConsortium Legal

El próximo 12 de diciembre de 2022 entra en vigencia el nuevo Reglamento de Residencias Guatemaltecas de la Autoridad Migratoria Nacional -AMN- el cual deroga el Reglamento anterior No. 4-2019. El nuevo reglamento incluye novedades para los inversionistas extranjeros y sus familias, mayor flexibilidad en algunos requisitos de las residencias y otros cambios que promueven la inversión, así como la seguridad migratoria en el país.

A continuación, se presentan algunos de los citados cambios del Acuerdo de la AMN No. 8-2022:

Requisitos de residencias temporales:

a. En cuanto a los requisitos generales, respecto a el certificado de validez y vigencia de pasaporte, se da la opción de presentar copia certificada del pasaporte por el ente emisor del mismo o certificación de nacimiento, apostillado. Brindando así distintas opciones al solicitante.

b. En el caso de los menores de edad, se deberá de acreditar el estatus migratorio de los padres o la persona que ejerza su representación documentalmente, así como presentar un mandato especial inscrito en el Archivo General de Protocolos o la certificación del auto de homologación de sentencia extranjera realizada en Guatemala, cuando solo esté presente uno de los padres.

c. En el caso de las prórrogas de residencia temporal:

    • Se deberá ingresar la solicitud con 30 días de anticipación a la fecha de vencimiento de la residencia otorgada, anteriormente se podía realizar hasta 6 meses antes del vencimiento. También deberá acreditar documentalmente que su estatus al momento de ingresar la prórroga se encuentre actualizado y presentar Documento Personal de Identificación -DPI-.
    • En el caso de residencia de trabajador migrante, el permiso de trabajo deberá estar vigente y notificado. Este requisito está sujeto a criterios de Migración ya que se está analizando la posibilidad de presentar constancia de ingreso que acredite que el permiso está en trámite.
    • En el caso de la prórroga de residencia por estudios, deberán presentar constancia que acredite haber cursado los estudios para los cuales fue otorgada la residencia y la continuidad de los mismos.

d. En el caso de los inversionistas, el nuevo reglamento abre la posibilidad que se ingresen los expedientes de los familiares consanguíneos como dependientes del inversionista, incluyendo a quien esté unido de hecho, debiendo presentar acta notarial en donde conste la actividad que realizan en el país.

e. En...

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