Nuevos requisitos aplican a transportistas y tripulantes que ingresan a Argentina

Published date09 August 2021
AuthorMaría Victoria Rodríguez Mamberti,Elías F. Bestani,María Mercedes Quesada
Date09 August 2021
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 10 de abril de 2021, se publicó la Decisión Administrativa 342/2021 por la cual el jefe de Gabinete amplió los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa 2252/2020 para el ingreso de transportistas y tripulantes nacionales y extranjeros a Argentina. Además, dejó sin efecto la Decisión Administrativa 1949/2020, que aprobaba la prueba piloto para la reapertura de turismo receptivo para turistas de países limítrofes.

Así, los transportistas y tripulantes, tanto extranjeros como nacionales, que ingresen por vía terrestre deberán presentar, junto con la declaración jurada, el resultado negativo de la prueba PCR real time o LAMP de COVID-19, que tendrá una vigencia de siete días de realizado. Dicho requisito alcanza también a los prácticos que deban pernoctar en el exterior, con motivo del servicio de practicaje prestado a buques internacionales. Se encuentran exceptuados de esta exigencia los transportistas extranjeros no residentes que realicen transporte de carga que se encuentren en tránsito entre los pasos fronterizos de Cardenal Samoré, Huemules y el Paso Integración Austral, conforme lo establecido en la Disposición 889/2021 de la Dirección Nacional de Migraciones.

En cuanto al transporte marítimo, las tripulaciones de buques internacionales compuestas por extranjeros deberán cumplir con los protocolos que defina la autoridad sanitaria nacional para asegurar su trazabilidad. Además, tienen prohibido su relevo en territorio argentino, por lo que deberán permanecer embarcadas. Las tripulaciones de buques internacionales compuestas por personas nacionales o residentes en el país deberán someterse a testeos con antígenos dentro de las 72 horas desde su regreso al país.

En cuanto al transporte aéreo, las tripulaciones aéreas internacionales compuestas por extranjeros también deberán cumplir con los protocolos que defina la autoridad sanitaria nacional y deberán moverse dentro del país bajo la “modalidad burbuja” y con estricta supervisión de los operadores de transporte respectivos.

Las tripulaciones...

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