El plagio en tribunales: comentario sobre una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil

Date09 December 2020
Published date09 December 2020
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

En un fallo dictado el 17 de julio de 2020 en autos “A., N. H. c. C., S.A. s/ Propiedad Intelectual Ley 11723” (Expte. N° 24791/2020), la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de una demanda por plagio de un escrito jurídico. En ella, la demandada acusada de plagio actuó como letrada patrocinante en un reclamo laboral contra el actor, quien había empleado al cliente de la demandada en su estudio jurídico.

Al defenderse en el pleito laboral, el actor reconvino por plagio por considerar que la demanda entablada en su contra, suscrita por la demandada, constituía una copia no autorizada de las demandas que había interpuesto años atrás en distintos casos, tanto en su estructura como en su contenido.

Por estas razones, el actor inició una acción de plagio en sede civil argumentando que la demandada habría adquirido ilícitamente copias de sus escritos de demanda de un pasante que había trabajado en su estudio jurídico mientras cursaba la carrera de Derecho y que mantenía una relación de algún tipo con la demandada. Sobre esta base, acusó de plagio a la demandada en los términos de los artículos 71 y 72 de la Ley de Propiedad Intelectual N° 11723.

En primera instancia, la juez interviniente rechazó la acción de plagio entablada por el actor, principalmente debido a que consideró que la demandada no había empleado el aporte personal del actor −esto es, la “originalidad” − en el documento cuestionado.

La Cámara, que reconoció que la propiedad intelectual sobre los escritos jurídicos constituye una cuestión que no ha recibido hasta el momento un tratamiento profundo ni por la doctrina, ni por la jurisprudencia, confirmó el rechazo en primera instancia recurriendo a múltiples argumentos:

  • Preliminarmente, la Cámara consideró que los escritos jurídicos no deben juzgarse con la misma rigurosidad aplicable al plagio académico, en tanto lo que se requiere al abogado no es originalidad, sino la elaboración de un...

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