Prevención de lavado de activos. Modificaciones a la Resolución UIF N° 121/2011

Date30 April 2013
AuthorRoberto E. Silva (h.)
Published date30 April 2013
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 27 de marzo de 2013 la Unidad de Información Financiera (“UIF”) dictó la Resolución N° 68/2013 (la “Resolución”), mediante la cual se introducen cambios a la Resolución N° 121/2011 la cual regula las obligaciones de las entidades financieras sujetas al régimen de la Ley Nº 21.526 y modificatorias, las entidades sujetas al régimen de la Ley Nº 18.924 y modificatorias y las personas físicas o jurídicas autorizadas por el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) para operar en la compraventa de divisas bajo forma de dinero o de cheques extendidos en divisas, o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional, como sujetos obligados de reportar operaciones sospechosas de lavado de activos o financiamiento del terrorismo ante la UIF (los “Sujetos Obligados”).

La Resolución establece que los Sujetos Obligados deberán establecer un cronograma de actualización de los legajos de sus clientes, de acuerdo con las políticas de análisis de riesgo adoptadas, debiendo ser mayor la frecuencia de actualización para los clientes en los que se determinó la existencia de mayor riesgo de lavado de activos y/o de financiación del terrorismo. De esta forma se recepta lo establecido en la Recomendación 1 del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional - o por sus siglas en inglés FATF), que...

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