Protección de Datos y Privacidad de la Información en Honduras

Published date06 September 2022
AuthorJanine Paz
Law FirmConsortium Legal

En la actualidad, vivimos en la llamada “Era de la Digitalización”, en la cual cada vez es más necesaria la protección de datos y privacidad de la información y las comunicaciones a nivel global. Según lo establece el informe Digital 2020, que evalúa como las personas alrededor del mundo utilizan el internet, teléfonos inteligentes, redes sociales y comercio electrónico, la población mundial utiliza el internet un aproximado de 6 horas y 43 minutos al día, equivalentes a 100 días al año, y que el comercio electrónico creció, durante 2020, lo que se esperaba creciera en 10 años, lo cual significa que su expansión fue exponencial.

Según lo establece la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en su artículo 12, “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”. “Por ejemplo, Jerry Kang define la privacidad como la unión de tres grupos de ideas que se solapan: (1) espacio físico: «la medida en que la soledad territorial de un individuo está protegida de la invasión de objetos o señales no deseados»; (2) elección: «la capacidad de un individuo para tomar ciertas decisiones importantes sin interferencias»; (3) flujo de información personal: «el control de un individuo sobre el procesamiento -es decir, la adquisición, la divulgación y el uso- de información personal»[1].

Este tema es de vital importancia, especialmente de interés para las empresas que suscriben contratos laborales en los que se incluya la cláusula de confidencialidad de la información conocida por sus trabajadores y la prohibición de divulgarla, como también los contratos de suministro y prestación de servicios en los que se incluya la cláusula de protección de datos personales que incluyan los de sus empleados, la empresa y/o representantes. Esta cláusula busca mantener las medidas de seguridad, administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos contra daño, perdida, alteración, destrucción, uso, acceso o tratamiento no autorizado.

La Constitución de la República de Honduras, en su artículo 76, establece que “se garantiza la protección al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen”. De misma manera, el artículo 100 manifiesta que “Toda persona tiene derecho a la...

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