Proyectada reforma de los Códigos Civil y de Comercio

AuthorJorge Pérez Delgado
Published date30 November 2012
Date30 November 2012
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Desde hace más de ochenta años ha habido intentos de una reforma integral que ha abarcado principalmente al Código Civil y, en los últimos proyectos, ha procurado la unificación de las obligaciones civiles y comerciales. Pero, en los hechos, a lo largo de estos años sólo se han concretado reformas legislativas parciales –importantes sin duda para el aggiornamento de la legislación- que, no obstante, han mantenido en pie los añosos troncos de ambos Códigos sancionados en la segunda mitad del siglo XIX.

El último emprendimiento, encabezado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Ricardo Lorenzetti, y acompañado en su tarea por más de cien especialistas y profesores universitarios, ha tenido como resultado la elaboración de un cuerpo único de normas que regula las principales instituciones del derecho privado.

¿Se trata de una reforma de contenido novedoso? En ciertos aspectos la respuesta podría ser afirmativa si partimos de la base de que varios e importantes aspectos de los derechos civil y comercial podrían tener ahora una jerarquía legal. Sin embargo, buena parte de las modificaciones propuestas ya ha sido recibida en proyectos anteriores y sobre la base del aporte de la jurisprudencia, que ha debido dar respuesta a una diversidad de problemas y conflictos nuevos, y también a los debates y conclusiones de congresos y jornadas que reunieron a los principales especialistas en el derecho privado.

El anteproyecto de reformas se encuentra actualmente a consideración de ambas Cámaras del Congreso. En primer término, mediante la intervención de una comisión bicameral que tiene como misión recoger los comentarios y observaciones de diversos ámbitos de la sociedad civil. Más adelante, mediante su tratamiento por los diputados y senadores, a quienes les quedará reservada la tarea de aprobar el texto definitivo.

A pesar de que, desde distintos sectores, se ha objetado el anteproyecto porque no ha tenido la suficiente difusión para su debate en los ámbitos académicos y universitarios y, en general, entre los abogados, lo cierto es que pocas veces se ha visto tanta repercusión e interés en las revistas especializadas. Todos los días, en las principales publicaciones jurídicas, puede leerse uno o varios trabajos de especialistas que comentan y analizan diversos temas que se relacionan con la reforma propuesta.

El interés que el anteproyecto ha despertado tiene su justificación. De ser sancionado como ley (ese parece ser su destino mediato), se habrán...

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