Reforma de la Ley de Concursos y Quiebras

AuthorGonzalo J. Fontana,Martín Campbell,Ricardo W. Beller
Published date28 July 2011
Date28 July 2011
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Mediante esta reforma, los dependientes de la empresa concursada o en quiebra adquieren mayores derechos en el concurso o la quiebra. En términos generales: (i) los trabajadores tienen derecho de designar a un representante en el Comité de Control; (ii) los trabajadores organizados mediante una Cooperativa de Trabajo tienen derecho a competir por la adquisición de la concursada en el proceso de cramdown o en la liquidación en la etapa de quiebra, para lo cual además pueden compensar el precio ofrecido con los créditos laborales de sus integrantes; (iii) la Cooperativa de Trabajo tiene facultades para requerir al juez del concurso o la quiebra la suspensión por el término de dos años las ejecuciones de prenda e hipoteca; y (iv) la Cooperativa de Trabajo puede ser designada como administrador de todos los bienes de la empresa en concurso o quiebra.

Las principales modificaciones de la Ley de Concursos N° 24.522 introducidos por la Ley N° 26.248 son los siguientes:

  1. En la presentación del pedido de concurso preventivo se deberá incluir información sobre la situación de los trabajadores de la empresa (artículo 14).
  2. La celebración de la audiencia informativa se deberá notificar a los trabajadores de la concursada mediante una publicación en el establecimiento en el cual prestan servicios (artículo 14).
  3. Se reinstala el “Comité de Control” para las diferentes etapas del concurso y quiebra, y los trabajadores tendrán representación en dicho comité (artículos 14, 42, 45 y 201).
  4. Se amplían los alcances del pronto pago laboral. Además, se deberá constituir una reserva del 3% del ingreso bruto mensual de la concursada para que el síndico pueda distribuir a los acreedores laborales fondos en forma anticipada (artículo 16).
  5. Se deroga la suspensión del devengamiento de intereses de los créditos laborales tanto en el concurso como en la quiebra (artículos 19 y 129).
  6. Se deroga la suspensión de la aplicación de los convenios colectivos de trabajo y estatutos particulares por la declaración del concurso y/o de la quiebra (artículo 20).
  7. Se incorpora a la “Cooperativa de Trabajo” como un nuevo sujeto en el concurso y la quiebra con facultades para:
    1. competir en la compra de las acciones o cuotas representativas del capital en el cramdown (artículos 48 y 48 bis).
    2. celebrar contratos sobre los bienes del deudor fallido (artículo 186).
    3. ofrecer los créditos laborales como garantía de cumplimiento de esos contratos.
    4. apelar la resolución judicial en la cual el juez a cargo de la quiebra decida...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT