Resolución Conjunta 2-E/2016

AuthorJosé M. Llano
Date02 December 2016
Published date02 December 2016
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

La Resolución Conjunta 2-E/2016, dictada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a instancia del reclamo efectuado por la Asociación de Conciliadores Laborales de la República Argentina y el Mercosur, reconoce que los conciliadores deben estar dotados de un adecuado régimen de retribución.

Para ello, crearon la Unidad de Honorario Profesional del Conciliador Laboral (UHOCOL), cuyo valor equivale a 12 unidades retributivas del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), equiparando el mismo criterio adoptado para los mediadores.

La resolución exige la publicación vía web del valor del UHOCOL por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con las correspondientes actualizaciones del SINEP.

Asimismo, se incrementó el arancel para los acuerdos espontáneos en 5 UHOCOL por cada trabajador que fuera parte del acuerdo conciliatorio.

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