Salario Integral (CSJ) Cuando se pacta el club no debe pagar prestaciones sociales - Blog Jurisdeportiva - Blogs - VLEX 1027751433

Salario Integral (CSJ) Cuando se pacta el club no debe pagar prestaciones sociales

AuthorDaniel Castro
Published date18 May 2023
Law FirmJuris Deportiva

Teniendo en cuenta los salarios que devengan los DEPORTISTAS ELITE En el fútbol; se incorpora dentro del contrato laboral cláusulas por medio de las cuales se pacta el reconocimiento de un SALARIO INTEGRAL, a continuación, te explicamos las implicaciones que genera la aceptación de estos acuerdos.

¿Qué significa tener un Salario Integral?

Es la retribución que recibe un trabajador en la cual se incluye todo concepto remuneratorio; es decir, el salario ordinario, prestaciones y beneficios excepcionales como las horas extra, excepto las vacaciones.

¿Quiénes pueden recibir un Salario integral?

De acuerdo al artículo 132 del CST, se establece que, cuando el trabajador perciba un salario ordinario superior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, puede recibir un SALARIO INTEGRAL, en el cual se incluye, además, el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía.

¿Es válido pactar el Salario Integral, en los contratos de fútbol?

Sí, este es el caso que se ventilo ante la CSJ, en el litigio presentado entre el club de fútbol Millonarios y el jugador Perlaza, por...

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