El Salvador: Decreto Legislativo No.510 Ley Amor convertido en alimento para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna

Published date21 October 2022
AuthorCarlos RodríguezNicole Larios
Law FirmConsortium Legal

Esta ley tiene por objeto garantizar las condiciones para fomentar, proteger, apoyar y priorizar la lactancia materna, propiciando la salud, nutrición segura y suficiente, el crecimiento y desarrollo óptimo del lactante así como la protección y estimulo de vínculos tempranos, prevención de la violencia.

Dicha ley fue aprobada en plenaria del día 27 de Septiembre de 2022, fue publicada en el Diario Oficial del 14 de octubre del presente año, y entrará en vigencia 8 días después de la referida publicación. Su Reglamento deberá ser actualizado en un plazo no mayor a 180 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la misma.

La Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna deroga la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna que hemos estado aplicando desde agosto del año 2013.

Uno de los principales impactos que tendrá dicha ley al entrar en vigencia se encuentra en lo dispuesto en su Art. 36 inc. 4 establece que los patronos tienen obligación de establecer una sala de lactancia dentro del espacio de trabajo para que las madres puedan extraerse y conservar la leche materna.

Respecto a esta nueva obligación que deben implementar los patronos del sector público y privado, a fin de dar cumplimiento a la nueva normativa, están obligados a adecuar salas de lactancia dentro del espacio de trabajo, aclarando que, estas salas deben ser un área exclusiva, confortable, privada, higiénica y accesible, que asegure su correcto funcionamiento en los lugares donde se encuentren laborando mujeres en edad fértil, embarazadas y en periodos de lactancia, incluyendo a aquellas mujeres que puedan llegar a visitar el lugar de trabajo.

Una vez instalada la sala de lactancia, deberán tramitar una autorización ante el Ministerio de Salud (quien contara con un Registro de salas autorizadas) a fin de que dicho Ministerio verifique si se han cumplido con los requerimientos establecidos en la ley para ser considerada como una sala de lactancia debidamente autorizada.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Salud serán los encargados de realizar las inspecciones permanentes en los lugares de trabajo con la finalidad de garantizar el total cumplimiento de la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna; y será la Jefatura de la Unidad de Nutrición (dependencia del...

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