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SII regula acreditación de devoluciones, disminuciones o retiros de capital provenientes de entidades en el extranjero

JurisdictionChile
Law FirmGarnham Abogados
Published date29 October 2020

El pasado 23 de octubre, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la Resolución Nº 135, en la que establece los requisitos para que las devoluciones, disminuciones o retiros de capital provenientes de inversiones en entidades en el exterior no queden afectas en Chile a impuestos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, hasta el monto del capital invertido (de manera que solo quede afecto el mayor valor obtenido) y cómo proceder cuando no fueron cumplidos.

Estos requisitos son:

  • Haber realizado oportunamente la inscripción de la inversión inicial y sus modificaciones mediante la Declaración Jurada Nº 1929; y
  • Acreditar el monto y naturaleza de las inversiones realizadas con instrumentos públicos o certificados de autoridades competentes del país extranjero.

En caso de no haber cumplido con lo anterior, la resolución establece la forma y plazo para que los contribuyentes que se encuentren en el supuesto señalado puedan obtener el mismo resultado, para lo cual deberán acreditar fehacientemente la inversión y la devolución, disminución o retiro de capital, mediante un proceso que involucra:

  • Análisis de la devolución de capital;
  • Acreditación del capital aportado en la entidad extranjera, incluyendo sus modificaciones posteriores;
  • Información relativa a la entidad extranjera, en el ejercicio en que se realizó la devolución...

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