SNT emite recomendaciones para garantizar derechos de acceso a la información y de protección de datos personales durante pandemia

Published date28 April 2020

Comunicado INAI/134/20 28 de abril de 2020 emitido por el Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (SNT), en colaboración con los organismos garantes que integran el SNT, emitió las siguientes 11 recomendaciones:

Primera. Impulsar el trabajo colaborativo entre las autoridades sanitarias estatales y los organismos garantes de las entidades federativas, para promover la implementación de micrositios de transparencia proactiva, mesas de trabajo virtuales y cualquier otro tipo de herramientas tecnológicas, a través de las cuales se ponga a disposición de la población, información oportuna, precisa, coherente, comprensible, actualizada y accesible sobre la emergencia sanitaria por COVID-19, que responda a las necesidades de información de la sociedad en los diversos contextos. Se procurará que los micrositios de transparencia proactiva generados en el ámbito estatal se enlacen al micrositio del INAI y a los creados por las instancias de salud estatales para socializar y potenciar la información.

Segunda. Garantizar entre los sujetos obligados la rendición de cuentas sobre el ejercicio del gasto público relacionado con las estrategias de prevención y atención a la salud, adquisiciones y compras, financiamiento, programas y apoyos económicos, entre otros, que se deriven de la atención de la emergencia sanitaria, exhortando a que se publique y difunda en el menor tiempo posible, preferentemente, a través del micrositio de transparencia proactiva y las herramientas tecnológicas implementadas para informar sobre la emergencia; lo anterior, sin detrimento de la publicación de información en otros canales oficiales, como la Plataforma Nacional de Transparencia y los portales de transparencia de los sujetos obligados.

Tercera. Vigilar que los sujetos obligados hagan un manejo adecuado de los datos personales y la generación de avisos de privacidad, principalmente, en materia de salud; los organismos garantes deberán vigilar el debido cumplimiento.

Cuarta. Vigilar que los sujetos obligados documenten todas las decisiones derivadas de la emergencia sanitaria por COVID-19, así como la organización, conservación, administración y preservación de los documentos.

Quinta. Exhortar a los sujetos obligados a que atiendan y den respuesta a las solicitudes de acceso a la información que les sean presentadas, principalmente...

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