Vía recursiva contra las sanciones de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires

Published date10 March 2012
Date10 March 2012
AuthorFrancisco A. Macías
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Como consecuencia de un recurso administrativo interpuesto por la firma “La Tomasita” contra una sanción de multa de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (la “ADA”), la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata resolvió que las sanciones impuestas por la ADA deben ser impugnadas conforme el régimen procesal establecido en los arts. 162 de la Ley 12.257 (el “Código de Aguas”) y 164 de su decreto reglamentario Nº 3.511/07, y ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo (1).

En este caso, la ADA había impuesto a la recurrente una multa de $26.964,28, más la obligación de presentar un plan de readecuación del sistema de tratamiento de efluentes, por haberse comprobado infracciones a los arts. 13 y 37 de la reglamentación de la ley 5.965 (Decreto N° 2009/60, modificado por Decreto N° 3970/90) y a la Resolución ADA N° 336/03. La empresa sancionada recurrió dicha decisión mediante recurso de revocatoria con apelación en subsidio en los términos del Decreto 3707/1998, norma que regula el procedimiento que se aplica a las faltas o transgresiones a las leyes y reglamentaciones provinciales y/o nacionales que carezcan de un procedimiento específico para su aplicación.

La ADA concedió el recurso de apelación interpuesto y remitió las actuaciones al juzgado en lo correccional en turno con asiento en la ciudad de Tres Arroyos (cfr. art. 5 del citado decreto), tribunal que decidió confirmar la sanción y reducir el monto de la multa impuesta. Este fallo fue recurrido por la firma sancionada, y el expediente fue elevado a la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata.

En su sentencia, la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata sostuvo que el Código de Aguas y su decreto reglamentario determinan claramente el ritual procesal a seguir para impugnar judicialmente cualquier decisión emanada de la ADA, así como el órgano jurisdiccional competente para el tratamiento y resolución de las contiendas suscitadas por sus actos administrativos...

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