Visa De Trabajadores Domésticos

Published date03 March 2023
AuthorJesibel Morales
Law FirmBlogs Alemán, Cordero, Galindo & Lee
Visa De Trabajadores
Domésticos
En los últimos meses, el Aeropuer to Internacional de Tocumen
nos ha hecho experimentar, para bien, un riguroso control
migratorio a través de la aplicación de la medida administrativa
de inadmisión al territorio nacional. E sta medida se contempla
en el artículo No. 50 del Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de
2008, a través de la cual se establece que el Ser vicio Nacional
de Migración puede negar a cualquier extr anjero su ingreso a
Panamá o el tránsito por el país.
Según estadísticas publicadas el 4 d e enero de 2023 en la página
web del Servicio Nacional de Migración, du rante los doce
meses del 2022, se aplicaron devoluciones a un total de 6373
ciudadanos. De estos, 5601 fueron colom bianos, 3579 brasileños,
1878 peruanos y 1284 dominicanos . Las principales razones de
estas devoluciones fueron por inconsistencia en la e ntrevista,
por querer entrar al país sin solvencia económ ica y reflejar
impedimento de entrada en el sistema . Otras nacionalidades que
usualmente enfrenta este tipo de impedim ento de entrada al
país son los salvadoreños y nicaragüenses .
Estos datos se relaciona a los trabajadores domésticos ya que:
1. Las solicitudes de Visa de Trabajador Domésti co vienen
principalmente de individuos nacionales d e estos países:
Colombia, Nicaragua, E l Salvador, Rep. Dominicana, entre
otros.
2. Las devoluciones a su país de origen ocurren al no p oder
comprobar que cuentan con la liquidez mín ima exigida
(efectivo por la suma de US$500.00) y/o porque no
responden de manera satisfac torias las preguntas del oficial
del puesto de control migratorio.
Para que el empleado doméstico pue da ingresar como turista, los
siguientes documentos le serán de ayuda:
1. Pasaporte vigente, en buen estado y con página s disponibles.
2. Boleto de regreso a su país de origen.
3. Solvencia económica comprobada en efectivo por la suma
de US$500.00.
4. Copia de recibo de constancia de domicilio en Panamá .
5. Carta de invitación donde el respons able (panameño o
residente) debe declarar las razones y fines de la visit a,
mostrando solvencia económica, debidamente autorizada
por la Directora del Servicio Nacion al de Migración conforme
lo establece la Resolución No. 22068 de 1 de septiemb re de
2021. Este es un trámite que se maneja de forma in dividual en
la sede del Servicio Nacional de Migració n, demora 90 días
hábiles aproximadamente, y puede o no ser aproba do.
Una vez la persona ingresa a Panamá, el empleado r deberá iniciar
el proceso de formalizar su estatus migratorio y laboral en el p aís.
Este trámite inicia solicitando su inscripció n a la Caja de Seguro
Social. En paralelo, es recomendable comenza r a recopilar los
siguientes documentos para el trámite migratorio cuanto antes:
Requisitos para la trabajadora:
1. Seis (6) fotografías tamaño carnet.
2. Copia del documento de identidad del país de o rigen (cédula
o licencia, es decir, un documento distinto al pasaporte).
3. Certificado de Antecedentes Penales de su país de origen,
apostillado.
4. Certificado de salud por un m édico panameño (con sello del
médico y la clínica).
5. Copia de todas las páginas del pasap orte, incluyendo las que
estén en blanco.
6. Copia de carnet de la Caja de Seguro Social de Panam á.
Requisitos por parte del e mpleador:
1. Contrato de Trabajo.
2. Documento de identificación (pasa porte o cédula).
3. Recibo de agua, luz o teléfono.
4. Solvencia económica del responsable comprobada a través
de la presentación de una de las siguientes opciones:
a. Carta de t rabajo con su ficha o comprobante de pago.
b. Declaración de renta con su respectiva paz y salvo.
c. Carta de referencia ban caria de un banco local.
5. Cumplir con el pago en concepto de derechos por la solicitud
de una categoría migratoria, y en concepto de depósito
Admitida la solicitud de Visa de Trabajador Doméstico por el
Servicio Nacional de Migración, la pe rsona tendrá derecho a un
carnet válido por 6 meses y luego, se le concederá la residencia
temporal por 1 año, renovable.
Un alternativa viable es realizar el proceso de legalización con base
a la Resolución No. 2579 de 22 de febrero de 2022. A través de
esta, se autoriza a un apoderado ju dicial a iniciar el trámite de Visa
de Trabajadores Domésticos, previo a su ingreso en el territorio
nacional. Sin embargo, en la práctica es recome ndable cumplir
con todos los requisitos de turista anteriormente expuestos dado
que la Visa estaría en trámite y no recibiría los mis mos beneficios
que aquel con una residencia aprobada .
Nuestra recomendación para aquellos empleadores con
trabajadores domésticos que no hayan iniciado s u solicitud de
residencia y se encuentren de forma irregular en el país es i niciar
este trámite de regularización tan pronto sea posible. El proceso
es rápido y sencillo cuando se asesoran legal mente por manos
experta s.
Author: Jesibel Morales Abogada en Alcogal

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